uscis i 140
Publicado el 25 de marzo de 2024 - Actualizado el 9 de junio de 2025

Formulario USCIS I-140: todo lo que necesita saber

¿Está pensando en trabajar en los Estados Unidos? Si este es el caso, es posible que deba presentar una petición I-140 para inmigración basada en el empleo. El formulario I-140 es un formulario de petición que se utiliza para solicitar que un trabajador inmigrante se convierta en residente permanente de los Estados Unidos. En este artículo, cubriremos todo lo que necesita saber sobre las peticiones I-140, incluyendo qué son, quién es elegible y cómo presentarlas. ¡Comencemos!

Comprensión del I-140: elegibilidad y proceso


¿Qué es el formulario I-140?

Los empleadores estadounidenses utilizan el formulario I-140, oficialmente conocido como Petición para Trabajador Inmigrante Extranjero, para solicitar que un trabajador inmigrante obtenga la residencia permanente en los Estados Unidos. Es parte del proceso de inmigración basado en el empleo, en el que los empleadores estadounidenses pueden contratar a trabajadores extranjeros para puestos específicos cuando no hay trabajadores estadounidenses calificados disponibles. La petición se puede presentar para varias categorías de trabajadores, incluidos trabajadores calificados, profesionales con títulos avanzados e individuos con habilidades extraordinarias en campos como las ciencias, las artes y los negocios. En algunos casos, el trabajador extranjero también puede presentar la petición, como cuando solicita una exención de interés nacional. La aprobación del formulario I-140 por parte del USCIS es un paso necesario antes de que el trabajador inmigrante pueda proceder a obtener una green card, ya sea mediante un ajuste de estatus o un proceso consular.

El Departamento de Trabajo ha presentado una nueva edición del formulario ETA-9089, Solicitud de certificación de empleo permanente, que es esencial para ciertas clasificaciones del formulario I-140. Este formulario actualizado comprende un formulario principal, cuatro apéndices y una determinación final. Al presentar el Formulario I-140, los documentos específicos requeridos por el USCIS variarán según si la clasificación requiere un Formulario ETA-9089 certificado o no certificado. Este cambio subraya la importancia de entender el proceso de certificación actualizado para garantizar el cumplimiento y la presentación exitosa de la petición.

¿Quién es elegible para la I-140, petición de inmigración para trabajadores extranjeros?


Form I-140

Explicamos quién puede presentar una petición I-140 en esta sección. Estos son los requisitos del formulario I-140:

  • Una oferta de trabajo para un empleador estadounidense.

  • El trabajo debe requerir un alto nivel de habilidad y conocimiento.

  • Su empleador debe aceptar patrocinar su residencia permanente.

  • Debe cumplir con todos los requisitos de educación, capacitación o experiencia relacionados con el trabajo.

Existen varios tipos de inmigración basada en el empleo, cada uno con su propio conjunto de requisitos de elegibilidad. Las personas con habilidades excepcionales en ciencias, arte, educación, negocios o atletismo, por ejemplo, son elegibles para la categoría EB-1. Las personas en la categoría EB-2 tienen títulos avanzados o habilidades excepcionales en su campo. La clasificación EB-3 está reservada para trabajadores calificados, profesionales y otros trabajadores.

Consulte nuestro artículo dedicado sobre quién es elegible para una petición I-140.

¿Qué documentos de respaldo se requieren para una petición I-140?

Los documentos de respaldo requeridos para el Formulario I-140 dependen de la categoría de inmigración basada en el empleo. Estas pueden incluir:

  • Certificación laboral: certificación laboral certificada original o duplicada del Departamento de Trabajo (si es necesario).

  • Evidencia de capacidad de pago: informes anuales, estados financieros auditados o declaraciones de impuestos para demostrar la capacidad del empleador para pagar el salario ofrecido.

  • Códigos NAICS y SOC: codificación precisa para clasificar la industria del peticionario y la ocupación del beneficiario.

  • Evidencia adicional: según la categoría, esto puede incluir expedientes académicos, cartas de experiencia laboral o documentación de habilidad extraordinaria.

Asegúrese de que toda la documentación esté actualizada y cumpla con las directrices del USCIS.

El Departamento de Trabajo ahora usa una nueva edición del formulario ETA-9089, Solicitud de certificación de empleo permanente, que se requiere para ciertas clasificaciones del formulario I-140. Este formulario actualizado incluye un formulario principal, cuatro apéndices y una determinación final. Los peticionarios deben presentar la versión correspondiente del formulario ETA-9089, certificada o no, según su clasificación de presentación. Garantice la inclusión precisa de los códigos del Sistema de Clasificación Industrial de América del Norte (NAICS) y de la Clasificación Ocupacional Estándar (SOC) para evitar demoras.

También debe tener en cuenta que el USCIS puede requerir una cita para los servicios biométricos a fin de verificar la identidad y realizar verificaciones de antecedentes.

Al presentar el formulario I-140, los peticionarios deben incluir tanto el código del Sistema de Clasificación Industrial de América del Norte (NAICS) como el código de Clasificación Ocupacional Estándar (SOC) correspondiente a la petición. El código NAICS identifica la industria específica del solicitante o del empleador patrocinador, mientras que el código SOC clasifica el cargo y la función ocupacional del beneficiario. Estos códigos garantizan que la petición se alinee con los estándares reconocidos de la industria y la ocupación. Los peticionarios deben ingresar los códigos con precisión y llenar con ceros las casillas desocupadas para mantener el formato de seis dígitos requerido. Los códigos NAICS se pueden encontrar en la Oficina del Censo de los Estados Unidos, y los códigos SOC están disponibles en la Oficina de Estadísticas Laborales. Incluir estos códigos correctamente es crucial para garantizar una clasificación adecuada y evitar demoras en el procesamiento de las peticiones.

Para garantizar que se incluyan todos los documentos necesarios en la petición I-140, es fundamental revisar cuidadosamente las pautas y requisitos del USCIS para la categoría específica de inmigración basada en el empleo.


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¿Cómo traducir los documentos de respaldo para el formulario I-140?

Cualquier documento en idioma extranjero presentado con el Formulario I-140 debe ir acompañado de una traducción completa al inglés. El traductor debe certificar su fluidez en ambos idiomas y dar fe de la precisión de la traducción. Las certificaciones deben incluir el nombre, la firma, la fecha y la información de contacto del traductor.

En esta situación, puede seguir estos pasos:

  • 1. Encuentre un servicio de traducción calificado: Es fundamental seleccionar un servicio de traducción calificado que domine ambos idiomas. Lo ideal es que el servicio de traducción también esté familiarizado con los documentos de inmigración.

  • 2. Incluya una certificación: Al final del formulario traducido, el traductor debe presentar una certificación que confirme que habla con fluidez ambos idiomas y que la traducción es precisa según sus conocimientos. Es decir, necesitará una traducción certificada.

  • 3. Envíe el formulario traducido: junto con su solicitud de inmigración, debe presentar tanto la versión original en inglés del documento como la versión traducida.

Cabe señalar que todos los documentos presentados en un idioma que no sea el inglés deben ir acompañados de una traducción certificada al inglés. El traductor debe firmar la traducción, declarando que habla ambos idiomas con fluidez y que la traducción es correcta. Si tiene alguna pregunta o duda sobre la traducción de su formulario I-140 o cualquier otro documento de inmigración, debe consultar a un abogado de inmigración con experiencia. Para obtener más información sobre la traducción certificada, consulte el artículo de nuestro blog.

El USCIS exige evaluaciones académicas para sus documentos. Además de la traducción certificada, ofrecemos servicios profesionales de evaluación académica para cumplir con esos requisitos.


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Plazo de procesamiento regular del formulario I-140

El tiempo de procesamiento de una petición I-140 depende de varios factores, incluido el tipo de inmigración basada en el empleo, la carga de trabajo del USCIS y la precisión e integridad de la petición y la documentación de respaldo. Los tiempos estimados de procesamiento del USCIS para las peticiones I-140 son los siguientes:

  • EB-1A, EB-1B, EB-1C y exención de interés nacional: de 6 a 8 meses

  • EB-2 y EB-3: de 10 a 24 meses

  • EB-4 y EB-5: de 6 a 8 meses

Tiempo de procesamiento premium del formulario I-140

El USCIS ha ampliado los servicios de procesamiento premium para las peticiones del Formulario I-140. Este servicio ahora incluye las peticiones presentadas anteriormente y las presentadas recientemente que solicitan la clasificación E13 para ejecutivos y gerentes multinacionales y la clasificación E21 de exención de interés nacional (NIW). El procesamiento premium garantiza la adjudicación en un plazo de 15 días naturales por una tarifa adicional. Para obtener más información, visite la página web de procesamiento premium del USCIS.

Cabe señalar que estas son solo estimaciones; los tiempos de procesamiento reales pueden variar según el caso individual. El USCIS garantiza una respuesta dentro de los 15 días calendario siguientes a la recepción de la petición I-140 si el empleador ha solicitado el procesamiento de la prima.

Para evitar demoras en el procesamiento, siempre es una buena idea consultar el sitio web del USCIS para conocer los tiempos de procesamiento más actualizados y revisar cuidadosamente las pautas del USCIS y las instrucciones del I-140 para la categoría específica de inmigración basada en el empleo.

Presentación y procesamiento del I-140


Presentar una petición I-140 puede ser un proceso bastante complejo. Le sugerimos que contrate la ayuda de un abogado de inmigración, ya que ellos conocen mejor los entresijos de dichos formularios. Como alternativa, le recomendamos que lea todas las instrucciones disponibles en el sitio web del USCIS para este formulario; puede descargar un PDF de forma gratuita con todas las instrucciones. Dicho esto, he aquí un resumen rápido de los pasos que debe seguir para presentar el Formulario I-140.

¿Cómo presentar una petición I-140?

Para presentar una petición I-140, el empleador debe seguir estos pasos:

  • Complete el formulario I-140: Complete el formulario de petición I-140 y presente toda la documentación de respaldo requerida. Esto incluye la prueba de las calificaciones del empleado, así como la prueba de la capacidad del empleador para pagar su salario.

  • Presentar la petición: Una vez completado, el formulario debe enviarse al USCIS junto con la tarifa de presentación y todos los documentos de respaldo requeridos.

  • Espere a que el USCIS procese la petición: El USCIS revisará la petición y es posible que se solicite información o documentación adicional. También es posible que se le pida que asista a una entrevista.

  • Reciba la decisión: Recibirá una notificación de aprobación del USCIS cuando la petición haya sido aprobada. A continuación, puede continuar con los siguientes pasos del proceso de inmigración. También puede recibir un NOID (aviso de intención de denegación) si tienen dudas sobre su solicitud, o una solicitud de pruebas (RFE) en caso de que falte información.

El USCIS puede requerir una cita con los servicios biométricos para recopilar huellas digitales, una fotografía y/o una firma. Se notificará a los peticionarios o beneficiarios la fecha, la hora y el lugar de la cita. En la cita, los beneficiarios deben afirmar que la información presentada en la petición es verdadera y correcta.

Recuerde que debe presentar una petición enmendada si hay cambios en un I-140 presentado anteriormente, y debe notificar al USCIS cualquier cambio de dirección dentro de los 10 días posteriores a la mudanza.

¿Dónde puede presentar el formulario I-140?

El lugar donde puede presentar el formulario I-140 varía según el tipo de inmigración basada en el empleo y si el empleador solicita un procesamiento preferencial. Para asegurarse de dónde puede presentar el formulario, debe consultar el sitio web y las pautas del USCIS y las instrucciones del I-140 para la categoría específica de inmigración basada en el empleo. También es fundamental incluir todos los documentos de respaldo requeridos en el formulario I-140 y pagar las tarifas de presentación correctas.

¿Cuál es la tarifa de presentación del formulario I-140?

Presentar las tarifas correctas con el Formulario I-140 es crucial. El pago incorrecto, incluidos los sobrepagos, dará lugar a un rechazo. La tarifa base de presentación es de 715 dólares, pero la cantidad exacta puede variar si se trata de una organización sin fines de lucro o de un pequeño empleador.

Es posible que tenga que pagar más por la tarifa del programa de asilo:

  • Una tarifa adicional de $600 si presenta la solicitud como peticionario regular
  • 0$ o sin cargo si se presenta como organización sin fines de lucro
  • Una tarifa adicional de 300 dólares si presenta una solicitud como empleador pequeño o como solicitante por cuenta propia

Haga siempre una referencia cruzada a la lista de tarifas actual del formulario G-1055 para garantizar su precisión. Además, si paga con cheque o giro postal, envíe las tarifas por separado.

Hay una tarifa adicional si el empleador solicita un procesamiento premium. El procesamiento prioritario garantiza que el USCIS responderá dentro de los 15 días calendario posteriores a la recepción de la petición I-140. La tarifa de procesamiento premium es de 2.805 dólares para la presentación en papel. Tenga en cuenta que pagar por un procesamiento premium garantiza un tiempo de procesamiento más rápido, pero no una aprobación.

Para evitar demoras o problemas con la solicitud, es fundamental consultar el sitio web del USCIS para conocer las tarifas de presentación más recientes y presentar las tarifas de presentación correctas junto con la petición I-140.

Aprobación y denegación del formulario I-140


¿Qué significa la aprobación del I-140?

Cuando el USCIS aprueba una petición I-140, significa que la petición ha sido validada y que el trabajador extranjero es elegible para la categoría de inmigrante basada en el empleo solicitada. Sin embargo, la aprobación de la petición I-140 no otorga la residencia permanente. Es un paso importante para obtener una green card, pero el trabajador extranjero aún debe completar pasos adicionales, como solicitar un ajuste de estatus o pasar por un proceso consular, antes de poder convertirse en residente permanente legal.

¿Qué sucede después de que se apruebe mi I-140?

Cuando se apruebe una petición I-140, el USCIS lo notificará tanto al peticionario como al beneficiario (la persona para la que se presentó la petición). Los próximos pasos están determinados por la situación del beneficiario y los objetivos de inmigración. Aquí hay unos ejemplos:

  • 1. Ajuste de estatus (AOS): Si el beneficiario ya se encuentra en los Estados Unidos y reúne los requisitos para cambiar su estatus a residencia permanente, puede presentar una solicitud I-485 junto con todos los documentos de respaldo necesarios para pagar la I-140 y las tasas. Si el USCIS aprueba la solicitud I-485, el beneficiario recibirá una green card y se convertirá en residente permanente legal de los Estados Unidos.

  • 2. Procesamiento consular: si el beneficiario no se encuentra en los Estados Unidos, debe completar el procesamiento consular en su país de origen para obtener una visa de inmigrante en un consulado o embajada de los Estados Unidos. Deberán asistir a una entrevista y proporcionar cualquier documentación de respaldo. Si se les concede la visa, podrán viajar a los Estados Unidos y convertirse en residentes permanentes.

  • 3. Fecha de prioridad: En algunos casos, la categoría de inmigración basada en el empleo del beneficiario puede estar sujeta a la disponibilidad de la visa, y es posible que deba esperar a que su fecha de prioridad esté actualizada antes de poder proceder a solicitar el ajuste de estatus o completar el proceso consular. La fecha de prioridad, establecida cuando se presenta la certificación laboral o el Formulario I-140, determina la disponibilidad de visa para el beneficiario. Los peticionarios deben revisar el Boletín de Visas para ver las actualizaciones sobre las fechas de prioridad. La presentación simultánea del Formulario I-140 y el Formulario I-485 solo se permite cuando la fecha de prioridad es actual.

  • 4. Cambio de empleador: si el beneficiario cambia de trabajo después de que se apruebe su I-140, es posible que pueda mantener su fecha de prioridad y proceder al ajuste de estatus o al trámite consular. Sin embargo, deberán presentar una nueva petición I-140 ante el nuevo empleador.

Cabe señalar que la aprobación de una petición I-140 no garantiza que se le otorgue la residencia permanente al beneficiario. Para completar el proceso de ajuste de estatus o procesamiento consular, el beneficiario aún debe cumplir con todos los requisitos de elegibilidad y seguir todos los procedimientos requeridos.

¿Qué sucede si se niega su formulario I-140?

Si su petición I-140 es denegada, tiene varias opciones según las circunstancias específicas de su caso:

  • Apele la decisión: si el USCIS cometió un error al interpretar la ley o los hechos de su caso, es posible que pueda apelar la decisión. Si decide apelar, debe presentar el formulario I-290B en un plazo de 30 días a partir de la recepción de la notificación de denegación.

  • Presente una moción de reapertura: Es posible que pueda presentar una moción de reapertura ante el USCIS si se dispone de nuevas pruebas o información que puedan afectar el resultado de su caso. Debe presentar la nueva evidencia y explicar por qué no estaba disponible en el momento de su petición original.

  • Presente una moción de reconsideración: Es posible que pueda presentar una moción de reconsideración si cree que el USCIS tomó una decisión incorrecta basándose en las pruebas disponibles en el momento de su petición original. Debe explicar por qué cree que la decisión fue incorrecta y proporcionar cualquier evidencia adicional que respalde su reclamación.

  • Vuelva a presentar la petición: Es posible que pueda volver a presentar la petición I-140 con información adicional o corregida, según el motivo de la denegación.

Es importante tener en cuenta que si se deniega su petición I-140, esto puede afectar su capacidad para seguir adelante con otros aspectos de su caso de inmigración, como la solicitud I-485. Para determinar el mejor curso de acción en su situación específica, consulte con un abogado de inmigración con experiencia.

I-140 y presentaciones simultáneas


¿Puedo presentar los formularios I-140 e I-485 simultáneamente?

Al presentar simultáneamente el Formulario I-140 y el Formulario I-485, es fundamental reunir los formularios y sus respectivos documentos de respaldo por separado. Cada paquete debe incluir sus tarifas de presentación, el formulario G-28 (si corresponde) y cualquier evidencia adicional requerida para el formulario específico. La combinación de estos documentos puede provocar retrasos en el procesamiento o el rechazo de la solicitud.

Es importante tener en cuenta que no todas las categorías basadas en el empleo permiten la presentación simultánea. La elegibilidad para la presentación simultánea también depende de factores adicionales, como que el solicitante esté físicamente presente en los Estados Unidos y cumpla con los requisitos para el ajuste de estatus, incluido el mantenimiento de un estatus de no inmigrante válido o la calificación para ciertas exenciones.

Al presentar el Formulario I-140 y el Formulario I-485 simultáneamente, el USCIS recomienda que los formularios se reúnan por separado con los documentos de respaldo. Cada paquete de formularios debe incluir su formulario respectivo, su método de pago (como un cheque o el formulario G-1450 para pagos con tarjeta de crédito), el formulario G-1145 para la notificación electrónica (si corresponde), el formulario G-28 para la representación de un abogado (si corresponde) y la documentación de respaldo específica de cada formulario.

Debido a las complejidades involucradas y las condiciones específicas requeridas para la presentación simultánea, es recomendable consultar con un abogado de inmigración con experiencia. Pueden ayudar a garantizar que toda la documentación necesaria esté debidamente compilada y guiarlo a través de las intrincadas políticas relacionadas con la disponibilidad de visas e inmigración.

Es esencial revisar cuidadosamente las últimas directrices del USCIS y el Boletín de Visas antes de proceder con la presentación simultánea para evitar demoras o complicaciones innecesarias en el proceso de inmigración.

Formulario I-140 en comparación con el formulario I-485

El formulario I-140 y el formulario I-485 se utilizan en el proceso de inmigración de los Estados Unidos, pero sus propósitos son diferentes.

El formulario I-140 es un formulario de inmigración que se utiliza para solicitar la residencia permanente en los Estados Unidos a un trabajador inmigrante. Se presenta en nombre de un trabajador extranjero que cumple con los requisitos de inmigración basada en el empleo por parte de un empleador. El formulario I-140 se usa para demostrar que el empleador tiene una oferta de trabajo para el trabajador extranjero y que el trabajador extranjero cumple con los requisitos laborales. El formulario I-140 es un paso fundamental en el proceso de inmigración basado en el empleo, y debe ser aprobado por el USCIS antes de que el trabajador extranjero pueda continuar con los siguientes pasos, como solicitar el ajuste de estatus o el trámite consular para obtener una green card.

Por el contrario, el formulario I-485 es una solicitud de ajuste de estado a estado de residente permanente en los Estados Unidos. El trabajador extranjero lo presenta después de que el USCIS haya aprobado el formulario I-140 de su empleador. El formulario I-485 se usa para solicitar una green card desde los Estados Unidos y contiene información sobre el historial personal, el historial de inmigración y la información biográfica del trabajador extranjero. El formulario I-485 también requiere que el trabajador extranjero se someta a un examen médico y a una verificación de antecedentes.

En resumen, el empleador usa el formulario I-140 para solicitar un trabajador inmigrante, mientras que el trabajador extranjero usa el formulario I-485 para solicitar un ajuste de estatus para convertirse en residente permanente en los Estados Unidos.

¿Qué sucede después de que se apruebe la I-140 en la presentación simultánea?

Cuando el formulario I-140 y el I-485 se presentan simultáneamente, el proceso posterior a la aprobación del I-140 depende de si el I-485 también se aprueba o no.

  • Si se aprueban las solicitudes I-140 e I-485, al beneficiario se le otorgará una tarjeta verde y se convertirá en residente permanente legal de los Estados Unidos.

  • Si se aprueba la I-140 pero no la I-485, el beneficiario puede ser elegible para recibir beneficios provisionales, como la autorización de empleo (EAD) y el Documento de Permiso Adelantado (AP). El EAD permite al beneficiario trabajar en los EE. UU. mientras se procesa el I-485, y el AP le permite viajar fuera de los EE. UU. y regresar mientras se procesa el I-485. El beneficiario recibirá una green card y se convertirá en residente permanente legal de los Estados Unidos una vez que se apruebe la I-485.

Es importante tener en cuenta que los tiempos de procesamiento del formulario I-140 y el I-485 pueden variar considerablemente y no se garantiza que ninguna de las solicitudes sea aprobada. Si tiene alguna duda o pregunta sobre su caso, debe llevar un registro del estado de ambas solicitudes y consultar con un abogado de inmigración con experiencia.

Preguntas frecuentes sobre el formulario I-140


¿Puedo cambiar de trabajo mientras mi formulario I-140 está pendiente?

En general, una persona es libre de cambiar de trabajo mientras su petición I-140 esté pendiente ante el USCIS. Sin embargo, hay algunas cosas a tener en cuenta.

Los beneficiarios pueden cambiar de trabajo en virtud de la Ley de Competitividad Estadounidense en el Siglo XXI (AC21), siempre que:

  • El formulario I-485 ha estado pendiente durante al menos 180 días.

  • El nuevo trabajo debe estar en la misma ocupación o en una ocupación similar a la que figura en la petición I-140. Si el nuevo trabajo se encuentra en un campo diferente, puede tener un impacto en la elegibilidad para la inmigración basada en el empleo.

  • Si el nuevo trabajo es en una empresa diferente, es posible que la nueva empresa deba presentar una nueva petición I-140 para la persona. Si la persona cambia de empleador, es posible que el nuevo empleador deba presentar una nueva petición I-140, a menos que la persona sea elegible para conservar su fecha de prioridad y hacer la transición a un nuevo trabajo en una clasificación ocupacional similar en determinadas circunstancias (por ejemplo, cuando una I-485 haya estado pendiente durante 180 días o más, según las disposiciones de portabilidad de la Ley de Competitividad Estadounidense en el Siglo XXI (AC21)).

  • Si se aprueba la petición I-140 y la fecha de prioridad de la persona pasa a ser actual, debe trabajar en la misma clasificación ocupacional o en una similar a la del trabajo que figura en la petición I-140 al solicitar un ajuste de estatus o un proceso consular para obtener una tarjeta verde.

  • Si se rechaza la petición I-140 de la persona, el cambio de trabajo puede afectar su capacidad para presentar una nueva petición en el futuro.

Antes de cambiar de trabajo mientras esté pendiente una petición I-140, es fundamental consultar con un abogado de inmigración con experiencia para garantizar que el cambio no afecte la elegibilidad de la persona para la inmigración basada en el empleo.

¿Puedo viajar mientras el I-140 está pendiente?

Es posible viajar fuera de los Estados Unidos mientras la petición I-140 está pendiente, pero hay consideraciones y restricciones importantes:

  • Si ha presentado una solicitud I-485 para ajustar su estatus: es fundamental que no abandone los Estados Unidos hasta que haya obtenido el permiso de permanencia temporal adelantado. Viajar al extranjero sin permiso de permanencia temporal adelantado puede provocar el abandono de su solicitud I-485. El permiso de permanencia temporal adelantado le permite regresar a los EE. UU. mientras su solicitud de ajuste de estatus esté pendiente sin afectar su resultado.

  • Si actualmente se encuentra fuera de los Estados Unidos: Si su petición I-140 es aprobada mientras se encuentra en el extranjero, deberá obtener una visa de inmigrante en un consulado o embajada de los Estados Unidos antes de poder volver a ingresar al país. Es esencial coordinar este proceso adecuadamente para garantizar el reingreso sin problemas.

  • Consideraciones sobre la solicitud de visa: Si se encuentra fuera de los Estados Unidos y su I-140 aún está pendiente, tenga en cuenta que su solicitud de visa puede estar influenciada por la evaluación del oficial consular sobre sus vínculos con su país de origen o la elegibilidad para la visa. Es posible que un I-140 pendiente no garantice la aprobación de la visa.

  • Mantener el estatus legal: Si se encuentra en los EE. UU., asegúrese de mantener un estatus de no inmigrante válido mientras su I-140 esté pendiente. Salir de los EE. UU. puede afectar su estado actual y su capacidad de regresar.

  • Citas y fechas límite del USCIS: Asegúrese de que sus planes de viaje no interfieran con ninguna cita programada del USCIS o con los plazos cruciales relacionados con su petición I-140.

  • Consulta legal: Dadas las complejidades y los posibles riesgos asociados con los viajes internacionales mientras la petición I-140 está pendiente, se recomienda encarecidamente consultar con un abogado de inmigración con experiencia antes de hacer planes de viaje. Pueden proporcionarle asesoramiento personalizado en función de su situación específica.

En resumen, si bien viajar durante el proceso del formulario I-140 no está estrictamente prohibido, requiere una planificación y una consideración cuidadosas de su estado migratorio actual, las solicitudes pendientes y las posibles consecuencias de salir de los EE. UU. Siempre priorice el mantenimiento de un estatus legal y el cumplimiento de los requisitos y citas del USCIS.

¿Puedo verificar el estado de mi formulario I-140 en línea?

Sí, puede usar el sistema de verificación del estado de un caso del USCIS para verificar el estado de una petición I-140 en línea.

Necesitará el número de recibo de 13 caracteres que se le asignó a su caso cuando presentó su petición para comprobar el estado de una petición I-140. El número de recibo se encuentra en el aviso de recibo que recibió del USCIS después de recibir su solicitud.

Cuando tenga su número de recibo, vaya a la página web del USCIS sobre el estado del caso en línea e introdúzcalo en el campo correspondiente. Luego, el sistema le mostrará el estado actual de su petición I-140, así como cualquier actualización o cambio.

Es importante tener en cuenta que los tiempos de procesamiento del USCIS pueden variar considerablemente y que la información en línea sobre el estado de los casos no siempre está actualizada o es precisa. Si tiene alguna duda o pregunta sobre su caso, debe vigilar los tiempos de procesamiento del USCIS para las peticiones I-140 y consultar con un abogado de inmigración con experiencia.

¿Puedo cambiar de trabajo después de que se apruebe mi I-140?

Cambiar de trabajo después de que se haya aprobado su petición I-140 es posible, pero implica consideraciones importantes, especialmente si su solicitud I-485 de residencia permanente (green card) aún no ha sido aprobada. Según la Ley de Competitividad Estadounidense en el Siglo XXI (AC21), puede cambiar de trabajo o de empleador sin afectar el estado de su petición I-140 aprobada, siempre que se cumplan ciertas condiciones:

  • Clasificación ocupacional igual o similar: La nueva oferta de trabajo debe estar en la misma clasificación ocupacional o en una similar a la del trabajo para el que se presentó la petición I-140 original. Esto es esencial para calificar para la portabilidad laboral según la AC21.

  • Solicitud I-485 pendiente: Para utilizar la portabilidad AC21, su solicitud I-485 debe haber estado pendiente durante más de 180 días. Si cambia de trabajo antes de que su I-485 haya estado pendiente durante 180 días, podría poner en peligro el resultado de la solicitud, y el nuevo empleador podría necesitar un nuevo I-140, junto con una nueva certificación laboral PERM.

  • Formulario suplementario J: Al cambiar de trabajo, si su I-485 aún está pendiente, debe presentar un formulario I-485 Suplemento J. Esto confirma que tiene una oferta de trabajo válida para un puesto igual o similar al descrito en la petición I-140 aprobada.

  • Después de la aprobación de la green card: si su solicitud I-485 ha sido aprobada y ya ha recibido su green card, tiene más flexibilidad para cambiar de trabajo. Sin embargo, aún debe asegurarse de que cualquier nuevo empleo cumpla con todas las leyes y regulaciones de inmigración.

Dada la complejidad de los cambios de trabajo después de la aprobación del formulario I-140, especialmente antes de que se haya obtenido la residencia permanente, es muy recomendable consultar con un abogado de inmigración con experiencia. Obtener asesoramiento legal profesional antes de realizar el cambio es crucial para mantener el camino hacia la residencia permanente.

¿El formulario I-140 es lo mismo que una green card?

No, el formulario I-140 (petición de trabajador extranjero) no es lo mismo que una green card. El formulario I-140 es un paso esencial en el proceso para que un trabajador extranjero sea elegible para una green card basada en un empleo, pero no es el paso final. La aprobación de una petición I-140 significa que el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) ha acordado que el empleador solicitante puede contratar al beneficiario para el trabajo permanente ofrecido, pero esta aprobación no otorga al beneficiario el estatus de residente permanente legal en los Estados Unidos.

Después de que se apruebe la petición I-140, el beneficiario aún debe someterse al proceso de ajustar su estado a residente permanente mediante la presentación del formulario I-485 (solicitud para registrar la residencia permanente o ajustar el estado) si se encuentra dentro de los Estados Unidos, o debe completar el proceso consular en el extranjero. Solo después de que se haya aprobado la I-485, o de que al beneficiario se le haya otorgado una visa de inmigrante mediante un proceso consular y se le haya admitido en los EE. UU. como residente permanente, la persona recibe una tarjeta verde.

¿Se puede denegar mi I-485 después de que se haya aprobado mi formulario I-140?

Sí, incluso después de la aprobación del Formulario I-140, se puede denegar el Formulario I-485. Debido a que son solicitudes separadas con sus propios requisitos de elegibilidad, la aprobación del formulario I-140 no garantiza la aprobación del I-485.

Varios factores podrían resultar en una denegación de la I-485, entre ellos:

  • Inelegibilidad: si el solicitante no cumple con todos los criterios de elegibilidad para el ajuste de estatus, como antecedentes penales, infracciones de inmigración o no cumplir con los requisitos específicos de la categoría de petición I-140.

  • Cambios en las circunstancias: si las circunstancias del solicitante han cambiado, como perder la elegibilidad para la categoría de inmigrante o dejar de ser elegible debido a la nueva información descubierta durante la adjudicación de la I-485.

  • Problemas de documentación: No proporcionar documentación de respaldo, completar formularios incompletos o responder a las solicitudes de información adicional del USCIS pueden resultar en la denegación.

  • Retraso de la fecha de prioridad: Si la fecha de prioridad de la categoría de inmigrante retrocede (retrasa), los solicitantes pueden enfrentarse a retrasos o denegaciones si su fecha de prioridad ya no está vigente cuando se procesa su caso.

Si su solicitud I-485 es denegada, el USCIS generalmente le dirá por qué y si puede apelar o volver a presentar una solicitud. Es fundamental que revise cuidadosamente la notificación de denegación y busque asesoramiento legal para comprender sus opciones.

¿Se puede aprobar mi I-485 antes de mi formulario I-140?

Por lo general, una I-485 no se puede aprobar antes que una I-140 (u otra petición de inmigrante elegible) porque la I-485 se basa en una I-140 aprobada o presentada simultáneamente (u otra petición de inmigrante elegible) como base para solicitar la residencia permanente legal.

La I-485 es una solicitud para ajustar el estatus a la condición de residente permanente en los Estados Unidos y, por lo general, requiere una petición de inmigrante aprobada (como una I-140) como base subyacente para la elegibilidad. Cuando una persona puede presentar el formulario I-485, la fecha de prioridad establecida en la presentación del formulario I-140 determina cuándo se puede presentar la I-485, pero la I-485 generalmente no se aprueba hasta que la fecha de prioridad se actualice.

En algunos casos, cuando tanto el I-140 como el I-485 se presentan simultáneamente (al mismo tiempo) y la fecha de prioridad del solicitante está vigente, el USCIS puede aprobar el I-485 antes que el I-140. Esto podría suceder si hay un retraso significativo en el procesamiento del I-140 en comparación con el procesamiento del I-485, lo que hace que el I-485 se procese más rápido.

Sin embargo, este no es el procedimiento estándar. Normalmente, la aprobación del formulario I-140 es anterior a la aprobación del I-485 porque este último está condicionado a tener una petición de inmigrante aprobada que establezca la elegibilidad para la residencia permanente.

¿Puedo permanecer en los EE. UU. mientras mi formulario I-140 esté pendiente?

Sí, puede permanecer en los Estados Unidos mientras se procesa su I-140. Sin embargo, su capacidad para permanecer en los Estados Unidos durante este tiempo depende de su estado migratorio actual.

Por lo general, puede permanecer en los Estados Unidos si tiene un estatus de no inmigrante válido, como una visa H-1B o L-1, siempre y cuando mantenga su estatus de no inmigrante mientras el formulario I-140 esté pendiente. Es fundamental que cumpla con los términos de su visa actual, incluidos los términos de empleo, y que no se quede más tiempo del período autorizado.

Si se aprueba su I-140 y su fecha de prioridad se actualiza, es posible que pueda presentar una I-485 y convertirse en residente permanente legal (titular de una green card) sin salir de los Estados Unidos.

Si no tiene un estatus de no inmigrante válido o si su estatus vence mientras el I-140 está pendiente, es posible que deba considerar otras opciones, como cambiar o extender su estatus o salir de los Estados Unidos hasta que tenga una base legal para volver a ingresar, por ejemplo, mediante una petición de inmigrante aprobada.

Mientras espera a que se procese el formulario I-140, es fundamental mantener el estatus legal y comprender las implicaciones del estado de su visa. Un abogado de inmigración puede brindarle asesoramiento personalizado en función de sus circunstancias específicas.


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El formulario I-140 es un paso crucial en su proceso de inmigración

Comprender y completar con precisión el formulario I-140 del USCIS es un paso fundamental en su proceso de inmigración basado en el empleo. Este formulario sirve como prueba de sus calificaciones y posibles contribuciones a la economía de los EE. UU., por lo que es importante asegurarse de que todos los detalles son correctos y de que todos los documentos de respaldo están en regla.

Si sigue las pautas de este artículo, puede explorar las complejidades del formulario I-140 con mayor confianza. Desde comprender las diferentes categorías de preferencias hasta recopilar las pruebas necesarias y garantizar que sus traducciones estén certificadas y sean precisas, cada paso es fundamental.

Trabajar con profesionales con experiencia para traducir sus documentos puede simplificar considerablemente este proceso y reducir el riesgo de retrasos o rechazos debido a errores de traducción. MotaWord ofrece servicios de traducción certificada que cumplen con los estándares del USCIS, lo que garantiza que su documentación se maneje de manera precisa y profesional.

Emprender este viaje es, sin duda, un desafío, pero con la preparación y los recursos adecuados, puede aumentar sus posibilidades de obtener una solicitud exitosa. Recuerde que cada pieza del rompecabezas es importante, y la atención meticulosa a los detalles puede marcar la diferencia para lograr sus objetivos de inmigración.

“Recopilamos y destilamos información sobre inmigración para los visitantes de nuestro sitio de USCIS y otras fuentes como una guía básica. MotaWord es una plataforma de traducción que proporciona traducciones certificadas para solicitantes de inmigración y no un bufete de abogados. La información proporcionada no debe interpretarse como asesoramiento legal y puede no estar actualizada. Para obtener información actualizada, consulte el sitio web de USCIS o hable con su abogado de inmigración autorizado”.

DUYGU KIBAR

Publicado el 25 de marzo de 2024

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